Apelará Estrada en la Corte actualización del predial

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Se emite en contra del artículo Segundo Transitorio del Decreto Legislativo número 39 publicado en el ejemplar número 155, de fecha 24 de diciembre de 2021

Redacción

CULIACÁN, Sin.- Ante la negativa del Congreso del Estado por actualizar con base al índice inflacionario y los estudios técnicos aplicados, la elaboración de la propuesta de actualización de tablas valores unitarios del suelo y de las construcciones de Culiacán, por mayoría de los presentes se aprobó en Cabildo el Punto de Acuerdo para promover una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Dicho procedimiento, a nombre del Ayuntamiento de Culiacán por conducto de la sindicatura de Procuración, se emite en contra del artículo Segundo Transitorio del Decreto Legislativo número 39 publicado en el ejemplar número 155, de fecha 24 de diciembre de 2021, del Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

A lo anterior, dio lectura el regidor Miguel Ibarra, teniendo en cuenta que los términos aprobados modificaron por parte del Congreso del Estado la iniciativa presentada por el municipio, se vulnera el artículo 115 de la Constitución Federal que establece el régimen de libre administración hacendaria, el principio de reserva de fuentes de ingresos municipales, así como la proscripción de establecer exenciones o subsidios a favor de persona alguna.

“La inclusión del segundo artículo transitorio modifica la propuesta del municipio y resulta inconstitucional porque equivale a una exención parcial del impuesto predial, o a subsidiar a los contribuyentes con base a las condiciones establecidas en el artículo impugnado, impidiendo al municipio recibir de forma integral, completa y ordinaria, los recursos provenientes de la contribución, cuyo objeto es la propiedad o posesión de los predios rústicos o urbanos”, mencionó.

El objetivo de la Controversia Constitucional, dijo, es que se declare inconstitucional dicho artículo para dejarlo sin efectos; la sentencia tendrá como efecto que todos aquellos inmuebles que no hayan cubierto su impuesto predial, deberán cubrirlo conforme a la Ley de Hacienda Municipal, es decir, la base gravamen será el valor catastral del inmueble y se calculará aplicando la tarifa publicada en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa el 22 de diciembre de 2021 por el Instituto Catastral de Sinaloa.

Durante el desarrollo de la Orden del Día, se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y de Urbanismo, Ecología y Obras Públicas, relativo a la revocación del acuerdo número nueve, aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de agosto de 2020, mediante el cual se autorizó a favor del FOVISSSTE, el traslado de dominio de un inmueble ubicado en el fraccionamiento Urbivilla del Cedro.

Asimismo, se autorizó por mayoría del pleno el dictamen de la Comisión de Gobernación, sobre Opinión Favorable, para operar un Centro de Apuestas Remotas y Sorteos de números Tradicional y Electrónico, a favor de la empresa Comercializadora de Entretenimiento de Chihuahua, S. A. de C

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