Rechazan al PAS propuesta para hacer desde gobierno negocios con parientes

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Por mayoría, el Pleno del Congreso del Estado acordó no tomar en consideración iniciativa

Redacción 

CULIACÁN, Sin.- Por mayoría, el Pleno del Congreso del Estado acordó no tomar en consideración iniciativa del Grupo Parlamentario del PAS y la ciudadana Jesús Angélica Díaz Quiñónez que propone reformar la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa.

El objetivo de la iniciativa es establecer que los servidores públicos se abstengan de nombrar, contratar, proponer o promover como servidores públicos al cónyuge, concubina o concubinario o con quienes tenga parentesco consanguíneo en línea recta sin limitación de grado, colateral hasta el cuarto grado, por afinidad hasta el segundo grado o civil y que por razón de su adscripción dependan jerárquicamente de la unidad administrativa de la que sean titulares, salvo cuando se trate de un derecho previamente adquirido, haya sido producto de exámenes de oposición o se encuentren certificados, y que cuenten con el perfil y requisitos técnicos o profesionales que establecen las leyes de la materia.

En la sesión de este jueves se programó la segunda lectura de esta iniciativa, la cual fue dispensada, pero el diputado César Ismael Guerrero Alarcón advirtió que la misma no podía ser considerada y turnarse a la comisión correspondiente para su estudio, ya que la ley que propone reformar se encuentra abrogada.

Si fuera el caso de que la ley estuviese vigente, agregó, el objeto de la iniciativa ya se encuentra regulada en la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 63 Bis, en donde se establece que cometerá nepotismo el servidor público que valiéndose de sus atribuciones, facultades, empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente designe, nombre o intervenga para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el ente público en el que ejerza sus funciones a personas con las que se tengan lazos de parentesco por consanguinidad hasta por el cuarto grado y afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato.

Añadió en el marco jurídico estatal se encuentra regulado en el artículo 7, fracción 12 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, en donde se establece que los funcionarios públicos observarán en el desempeño, empleo, cargo, comisión los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios los servidores públicos observarán diversas directrices.

Precisó que una directriz establece que todo servidor público debe abstenerse de intervenir o promover por sí o por interpósita persona en la selección, nombramiento o designación para el servicio público a persona con quien tenga parentesco por filiación hasta por el cuarto grado o afinidad hasta por el segundo grado.

Ante estos razonamientos, el presidente de la Mesa Directiva, Ricardo Madrid Pérez, sometió a votación la propuesta del diputado César Ismael Guerrero, la cual fue aprobada por mayoría de votos.
Finalmente el presidente de la Mesa Directiva declaró que por mayoría no se toma en consideración la iniciativa del grupo parlamentario del PAS y la ciudadana Jesús Angélica Díaz Quiñónez, e instruyó que se archive como asunto totalmente concluido y se expida el acuerdo correspondiente.

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