Las sustitución de candidaturas son realizadas por PT, RSP y PVEM
Redacción
CULIACÁN, Sin.- En sesión ordinaria virtual, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa resolvió sobre la procedencia de las solicitudes de sustitución de candidaturas realizadas por los Partidos Políticos del Trabajo (PT), Redes Sociales Progresistas (RSP) y Verde Ecologista de México (PVEM).
Además de efectuar fe de erratas respecto a los acuerdos emitidos en la sesión extraordinaria del 2 de abril; también se presentó el cuarto informe en materia de encuestas y sondeos de opinión en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
La corrección respecto a los acuerdos emitidos en la sesión extraordinaria del 2 de abril del presente año, mediante los cuales se aprobó el registro de las candidaturas presentadas.
En cuanto al cuarto Informe de encuestas, el Secretario Ejecutivo del IEES, Arturo Fajardo Mejía presentó el resultado del monitoreo que comprende el período del 25 de marzo al 23 de abril de 2021, en el que recibió y llevó a cabo la revisión de la información recibida de las empresas: Empresa Encuestadora Moreno & Sotnikova, Social Reserarch and Consulting S C; Empresa Encuestadora Opinión Pública Marketing e Imagen S.A. de C.V; Empresa Encuestadora El Debate S.A. de C.V y Empresa Encuestadora Consulta Mitofsky.
Cabe destacar que durante el proceso electoral local 2020-2021, este Instituto publica en su sitio web: www.ieesinaloa.mx, los estudios demoscópicos de preferencias electorales en medios impresos, con la finalidad de que la ciudadanía tenga acceso a dicha información y pueda generar sus criterios y valoraciones respecto a la metodología que se aplica en cada encuesta.
En relación con la sustitución de candidaturas, el Consejero Electoral, Óscar Sánchez Félix dijo que una vez que se revisó la documentación presentada por el PVEM y el PT, y bajo los términos que determina la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES), dichas solicitudes se resolvieron como procedentes al cumplir con los requisitos y condiciones de elegibilidad, siendo: