La corte desecha impugnaciones contra Ley de Seguridad Interior

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Los recursos desechados son de Morena y Nueva Alianza, en contra de disposiciones de la Constitución de la Ciudad de México

El Economista 

CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó parte de las impugnaciones promovidas a través de una acción de inconstitucionalidad por Morena y Nueva Alianza, en contra de disposiciones de la Constitución de la Ciudad de México.

Durante la sesión los ministros votaron por el sobreseimiento de la impugnación de Morena, partido que señaló una omisión legislativa relacionada con que la Carta Magna capitalina no fue sometida a ratificación o revocación a través de la figura del referéndum.

En el mismo sentido se expresaron en relación al recurso promovido por Nueva Alianza en contra del Cabildo de la Ciudad de México, ya que los ministros consideraron que al no ser ambos casos materia electoral, los partidos no gozan de legitimidad para sus promociones.

Sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría General de la República contra la invalidez de preceptos de la Constitución capitalina, el ministro ponente, Javier Laynez Potisek, refirió que es sobre que no se consultó a personas con discapacidad y la consulta realizada a las comunidades indígenas no fue acorde a los parámetros sostenidos por la SCJN.

Para el caso de la consulta a las comunidades indígenas, por votación unánime los ministros consideraron que sí se llevó a cabo la consulta previa a la aprobación de la Constitución de la Ciudad de México.

Sin embargo, al discutir lo relativo a la consulta a las personas con discapacidad, las opiniones fueron divididas.

El ministro ponente señaló que la Asamblea Constituyente abrió una consulta amplia en la que se recibieron más de 978 propuestas, de éstas, más de 12 para personas con discapacidad, por lo que consideró que no hay vulneración alguna .

En contraste, José Ramón Cossío Díaz, dijo que a pesar de que se haya hecho una convocatoria amplia, no se satisface la obligatoriedad del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que estipula una consulta específica.

El hecho de que hayan participado los ciudadanos, no participan como ciudadanos sino participan como representantes populares, y el hecho de que hayan llegado 900 o más iniciativas, me parece que no le da de suyo esta especificidad , manifestó.

En el mismo sentido se pronunció Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien consideró que el Constituyente no cumplió con su obligación a la consulta a personas con discapacidad.

A favor se manifestó Jorge Pardo Rebolledo, quien refirió que en el ejercicio de parlamento abierto , tanto las comunidades indígenas como las personas con discapacidad fueron tomadas en cuenta.

Al expresar su intención de voto, seis ministros se pronunciaron por la afirmativa de la existencia de la consulta previa a las personas con discapacidad, mientras que los cinco restantes consideraron que ésta no ocurrió.

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