Fueron por por causa de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia, así como en los casos previstos en los artículos relativos a la paridad de género
Redacción
CULIACÁN, Sin.- En sesión ordinaria virtual, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa resolvió sobre la procedencia de las solicitudes de sustitución de candidaturas presentadas por los Partidos Políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México.
Al presentar el proyecto de acuerdo, el Consejero Electoral, Óscar Sánchez Félix señaló que la sustitución de candidaturas está sustentado por lo dispuesto en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES), que establece que estas podrán proceder sólo por causa de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia, así como en los casos previstos en los artículos relativos a la paridad de género para las candidaturas a elección popular establecidas en la ley.
Una vez que se revisó la documentación presentada por los partidos políticos, y bajo los términos que determina la LIPEES, dichas solicitudes se resolvieron como procedentes al cumplir con los requisitos y condiciones de elegibilidad, excepto las correspondientes a la sustitución de Regidurías y Sindicaturas en Procuración, realizadas por parte del partido Fuerza por México, toda vez que la Consejera Electoral, Gloria Icela García Cuadras advirtió que éstas pueden generar incumplimiento al tema de paridad de género, por lo que solicitó retirarlas del acuerdo y someterlas a un nuevo análisis, quedando aprobadas las siguientes: