Confirma IEES uso de boleta para candidatura común Morena-Pas

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Las  boletas electorales de Culiacán y Mazatlán que fueron reimpresas deberán conservarse bajo resguardo

Redacción

CULIACÁN, Sin.- En segunda sesión extraordinaria virtual posterior, el Consejo General del IEES dio cumplimiento a las sentencias dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación derivadas de los dos recursos de reconsideración y acumulados, promovidos por el Partido Sinaloense y otros.

Con relación a la sentencia del recurso de reconsideración identificado con la clave SUP-REC-597/2021 y acumulados, promovidos por el Partido Sinaloense (PAS) y otros, el  Consejero Electoral, Martín Alfonso Inzunza Gutiérrez detalló como antecedente que el Consejo General resolvió el 2 de abril sobre la procedencia de las  solicitudes de registro de las candidaturas a Presidencia Municipal, Sindicaturas en Procuración y Regidurías por el Sistema de Mayoría Relativa en quince de los dieciocho ayuntamientos de Sinaloa postulados en candidatura común por los partidos políticos Morena y Sinaloense.

El acuerdo antes mencionado fue impugnado por los partidos políticos Movimiento  Ciudadano y Revolucionario Institucional, llegando hasta la instancia de la  Sala Guadalajara del TEPJF, quien dictó sentencia revocando los registros efectuados en candidatura común a las Presidencias Municipales de Culiacán y de Mazatlán, al ser candidaturas de reelección, dejando vigente el registro únicamente por cuanto a Morena.

Inconformes, los Partidos Sinaloense y Morena, así como los ciudadanos Jesús Estrada Ferreiro y Luis Guillermo Benítez Torres, interpusieron recurso de reconsideración ante la Sala Superior del TEPJF, dictándose sentencia el pasado 2 de junio de 2021, quien estimó fundados los agravios expresados por los recurrentes y  ordenó a este Instituto que, de manera inmediata, lleve a cabo las actuaciones  necesarias que permitan garantizar el derecho de participación efectiva, en los términos precisados en dicha resolución.

Por tal razón, quedan subsistentes los registros aprobados por el Consejo General, mediante acuerdo IEES/CG076/2021, por medio del cual se resolvió sobre la procedencia de las solicitudes de registro de las candidaturas a la Presidencia Municipal, Sindicaturas en Procuración y Regidurías por el sistema de mayoría relativa de 15 Ayuntamientos, presentadas en candidatura común por el PAS y Morena.

Se acuerda que para la jornada electoral se deberán utilizar las boletas electorales correspondientes a los Ayuntamientos de Culiacán y Mazatlán, en las que aparecen los emblemas del PAS.

Las  boletas electorales que fueron reimpresas, deberán conservarse bajo resguardo en las bodegas de los Consejos Distritales Electorales correspondientes, o en el lugar que determine este Instituto hasta que en su momento puedan ser objeto de destrucción bajo el procedimiento de reciclaje.

Del recurso de reconsideración identificado con la clave SUP-REC-612/2021 y acumulados, promovidos por el PAS y otros, la Consejera Electoral, Gloria Icela García Cuadras recordó que luego que el Consejo General resolvió el 2 de abril  la procedencia de las solicitudes de las candidaturas a Diputaciones en los 24 distritos por el sistema de mayoría relativa postulados en candidatura común por los  partidos políticos Morena y PAS.

Dicho acuerdo fue impugnado por los partidos políticos Movimiento Ciudadano y Revolucionario Institucional, el primero ante Sala Guadalajara  del TEPJF, quien dictó sentencia revocando los registros efectuados en candidatura común en los  distritos 05, 11, 15, 16, 20 y 22, al ser todas candidaturas de reelección, dejando  vigente el registro únicamente por cuanto a Morena.

Los afectados interpusieron recursos de  reconsideración ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder, instancia  que revocó la sentencia dictada por la Sala Regional Guadalajara, por lo que este Consejo General en  cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior, quedan subsistentes los registros aprobados por este Instituto, mediante acuerdo IEES/CG063/2021, de fecha 2 de abril de 2021, por medio del cual se resolvió sobre la procedencia de las  solicitudes de registro de las candidaturas a las Diputaciones de mayoría relativa en los 24 distritos electorales locales, presentadas en candidatura común por los Partidos políticos  Morena y Sinaloense, y por lo tanto las candidaturas en los distritos 05, 11, 15, 16, 20 y 22, quedarán de la siguiente manera.

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