La Fiscalía deberá informar sobre las carpetas (del 1 de diciembre de 2000 al 1 de abril de 2022)
Redacción
CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales instruyó a la Fiscalía General de la República informar sobre el número de carpetas de investigación y denuncias que hay en contra de los expresidentes Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa, Enrique Peña Nieto y el actual mandatario Andrés Manuel López Obrador.
No obstante, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI para manifestar su inconformidad con la FGR por clasificar como confidencial la información.
La Fiscalía –detalló el INAI– argumentó que se estaría atentando contra la intimidad, honor, buen nombre y presunción de inocencia si se afirma o niega la existencia o inexistencia de alguna indagatoria, denuncia, averiguación previa o carpeta de investigación en contra de una persona física identificada o identificable.
“En ningún caso podríamos imaginar que las denuncias de las que estamos hablando, según lo que pidió el interesado, pudieran ser una denuncia que hubiera por un particular, por un hecho eminentemente del plano privado con un expresidente (…) en este caso están pidiendo posibles denuncias y expedientes o carpetas abiertas por hechos relacionados con su mandato, con el ejercicio de sus potestades”, detalló Acuña Llamas.
Acuña Llamas expuso en el análisis del caso que la clasificación de la información como confidencial o reservada no puede constituir una regla absoluta, pues en algunos casos la difusión genera “mayores beneficios para la sociedad que los daños que pudieran provocarse con su divulgación”.
Tras una prueba del INAI de interés público, se advirtió que “la información solicitada contribuye a que los gobernados tengan pleno conocimiento respecto de las investigaciones que, en su caso, se siguen contra exservidores públicos y actual presidente; asimismo, permitiría a la sociedad conocer y dar seguimiento a las acciones que la autoridad ministerial o judicial decidió”.
El interés público sobre lo requerido supera la confidencialidad y contribuye a la rendición de cuentas, concluyó la ponencia.
Con información de Expansión







