La multa va de 500 a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización
Redacción
CULIACÁN, Sin.- El Congreso del estado de Sinaloa aprobó penalizar la quema de soca y esquilmos agrícolas e incrementó las sanciones a otros delitos ambientales, que deberán perseguirse de oficio.
A quien dolosamente realice la quema de soca y esquilmos agrícolas, se impondrá una pena de uno a siete años de prisión y una multa de 500 a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Las penas previstas en el párrafo anterior se aumentarán hasta una tercera parte más, cuando quien cometa el delito sea servidor público cuya obligación sea proteger el medio ambiente y que teniendo conocimiento de este ilícito, omita realizar las funciones propias de su encargo para prevenir, solucionar y sancionar al o los responsables.
Con 32 votos, el pleno aprobó dictamen que deroga el Capítulo de Sanciones Penales de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa, cuyos delitos adiciona en el Código Penal, en una Sección y un Capítulo Único denominados, Delitos Contra el Medio Ambiente y Delitos Ambientales, respectivamente.
El Congreso aprobó dictamen que elaboraron las Comisiones, de Puntos Constitucionales y Gobernación, Justicia y de Ecología y Desarrollo Sustentable, que presiden Horacio Lora Oliva, Alma Rosa Garzón Aguilar y Roxana Rubio Valdez, respectivamente.
Ambas iniciativas coinciden en adicionar diversas disposiciones en el Código Penal para el Estado de Sinaloa, para tipificar como delitos diversas acciones que provocan daño al ambiente.
Después del análisis, las comisiones consideraron pertinente incorporar al Código Penal, tanto la descripción de las conductas delictivas como las sanciones penales en materia ambiental, previstas en la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado, hoy derogadas de esa legislación.







